CONDUCE SIN ALCOHOL
El Reglamento de Tránsito vigente en la Ciudad de México, estipula en su artículo 50: queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos al conducir.
Los conductores de vehículos destinados al servicio de transporte público de pasajeros, transporte escolar o de personal, vehículos de emergencia, de transporte de carga, no deben presentar ninguna cantidad de alcohol en la sangre o en aire espirado.
El Programa “Conduce sin Alcohol” busca reducir los accidentes de tráfico resultantes del consumo del alcohol y las muertes asociadas a éstos., por lo que se sancionará a las personas que incumplan con el reglamento, con arresto administrativo INCONMUTABLE de 20 a 36 horas.
La sanción aumenta si causas daños materiales o hay afectados